Aquí usted encontrará información sobre la figura de las personas facilitadoras judiciales, sus funciones y seguimiento en las comunidades.

¿Quién es una facilitadora o un facilitador judicial?

Es una persona que destaca por su liderazgo, honestidad, imparcialidad y por la confianza que la comunidad le deposita. Brinda voluntariamente un servicio en el lugar donde habita y fue elegida por sus propias vecinas y vecinos.

¿Cuáles son sus funciones?

La persona facilitadora judicial es promotora de la paz social y de las buenas relaciones en su barrio, es multiplicadora de información sobre servicios y trámites judiciales y realiza un trabajo voluntario de mediación comunitaria de conflictos menores en el lugar donde habita.

También organiza charlas sobre temas relacionados con la justicia y de interés en su comunidad y siempre trabaja en coordinación con una jueza o un juez de la región.

¿Cuáles son los beneficios de este servicio?

Entre los beneficios que brinda este servicio están:

Establece un enlace entre el Poder Judicial y las y los habitantes, dando respuestas rápidas en las propias comunidades y fortalece la participación ciudadana.

Ayuda a reducir gastos para la población cuando debe acudir a oficinas judiciales (traslados, alimentación, hospedaje).

Acorta los tiempos de respuesta al dar una solución en la propia comunidad y promueve una cultura de diálogo, respeto y paz en la resolución de conflictos.

Promueve un rápido acceso a la información y mayor comprensión sobre los trámites o procedimientos judiciales.

¿Qué requisitos debe cumplir un facilitador o facilitadora judicial?

Ser mayor de edad.

Saber leer y escribir en idioma español y en el idioma o lengua de la comunidad.

Ser una persona líder en su comunidad, de reconocida solvencia moral y con vocación de servicio.

Tener plena disposición para el trabajo voluntario.

Tener arraigo y residencia estable de al menos dos años en la comunidad.

No tener antecedentes penales, policiales, ni causas judiciales abiertas que puedan afectar su legitimidad como persona facilitadora judicial.

No pertenecer a ningún cuerpo de seguridad pública.

No ejercer como sacerdotes, pastores o pastoras, o guías espirituales de algún credo en particular.

No ejercer cargos políticos partidarios ni de representación partidaria.

No ejercer como abogado o abogada litigante.

Contar con la acreditación correspondiente por parte del Poder Judicial.

¿Cómo se selecciona?

La persona facilitadora judicial se nombra en una asamblea abierta con la comunidad, en presencia de una jueza, un juez o representación judicial.

Luego de la verificación de antecedentes, la jueza o el juez le juramenta, capacita y acredita para que empiece a ejercer sus funciones.

¿Quién apoya este servicio?

El Poder Judicial de Costa Rica está impulsando este servicio en diferentes localidades rurales del país, gracias al trabajo de jueces, juezas locales, de las administraciones de circuito e instituciones como municipalidades y otras instituciones públicas como el INDER, Fuerza Pública, INAMU.

La Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (Conamaj) y su Programa de Participación Ciudadana coordina y da seguimiento al servicio en Costa Rica.

¿Cuántas persona facilitadoras hay en Costa Rica?

Actualmente existen 452 personas facilitadoras judiciales activas, de las cuales el 252 son mujeres y un 198 son hombres.

Estas personas están en comunidades que pertenecen a la Región Huetar Atlántica, Huetar Norte, Pacífico Central, en Sarapiquí, Pérez Zeledón, Buenos Aires, Puriscal, en toda la provincia de Guanacaste, así como en los cantones de Golfito, Corredores, Osa, Limón, Matina, Talamanca y Jiménez.

¿Qué impacto ha tenido su trabajo?

Según las estadísticas del Servicio para el año 2021 se beneficiaron más de 18 mil personas, de ellas fueron 11378 mujeres y 6790 hombres. Resalta el dato de 11 mil orientaciones durante este año, una labor esencial para el acceso a la justicia. Así como las 211 mediaciones comunitarias, de las cuales 177 fueron mediaciones con acuerdo entre las partes involucradas, lo que representa potenciales expedientes menos en los despachos judiciales con una solución rápida y económica directamente en las comunidades.

¿Dónde se puede encontrar información sobre el servicio?

En Costa Rica se puede llamar a Conamaj para obtener información al teléfono 2295-3322, revisar la página web www.facilitadores.poder-judicial.go.cr o escribir al correo electrónico snfj@poder-judicial.go.cr y mediante el perfil de Facebook: www.facebook.com/conamaj

El Juzgado Contravencional correspondiente a su comunidad también puede brindar información sobre el servicio.

También puede dirigirse al sitio web del Servicio Nacional: https://facilitadores.poder-judicial.go.cr/